Compartir

Informamos que ADIMRA y otras cámaras metalúrgicas han acordado con la UOMRA la prórroga por 156 (ciento cincuenta y seis) días, del Acuerdo Marco por el art. 223 bis de la LCT suscripto el 28 de abril y cuyo vencimiento operó el 30 de julio del 2020.

El nuevo acuerdo, con plazo de vigencia al 31 de diciembre de 2020, al igual que el suscripto el 28 de abril prevé para las empresas que adhieran, la posibilidad de liquidar la prestación dineraria correspondiente a los trabajadores suspendidos durante el mes de agosto en los términos pactados en el acuerdo hasta tanto sea homologado por le MTEySS.

La prórroga se acordó en los mismos términos y condiciones, con una única modificación consistente en elevar a cien pesos ($100) por cada trabajador y por cada día de suspensión la contribución excepcional a cargo de las empresas establecida en el punto 2.11. del acuerdo, con destino a OSUOMRA y para afrontar los mayores costos de la atención de la salud en el marco de la emergencia sanitaria vigente.

Una vez homologado podrán informarse respecto al procedimiento de adhesión de las empresas a través de la Ventanilla Única de ADIMRA (VUA), ingresando al siguiente link: https://www.adimra.org.ar/ventanilla/