Mediante un suplemento especial del Boletín Oficial se dio a conocer el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/2019 por el cual se declaró la emergencia ocupacional por el término de 180 días desde la entrada en vigencia del decreto.
También dispone que durante ese plazo en los casos de despido sin justa causa, el trabajador tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación vigente. Esta duplicación comprende a todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
Asimismo aclara la normativa que estas disposiciones no se aplicarán a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia, es decir las posteriores al día 14 de diciembre de 2019.
Adjuntamos la normativa pertinente: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2019/12/2019121301S-Decreto-34-19.pdf