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El próximo Viernes 16 de Octubre se realizará la presentación del programa de formación de mandos medios en gestión empresarial desde las 10:00 a 11:00hs.

Objetivo:
• Desarrollar conocimientos y habilidades en las personas que les permita gestionar los recursos  en el sector productivo e incrementar la eficiencia en las organizaciones.

A quien va dirigido:
• El programa convoca a personas que ocupen funciones de mandos medios y deban gestionar recursos en sus organizaciones.

Certificación a otorgar:
• Se otorga un certificado de aprobación compatible con los créditos solicitados en el sistema de certificación de asesores de tecnologías de gestión  con especialidad en producción.

Inicio:
• 06 de Noviembre de 2020

Duración:
• 9 meses

Modalidad:
• Virtual + presencial

Evaluación:
• 70% de asistencia en el cursado
• Seguimiento de las consignas.
• Presentación de trabajo integrador por modulo
• Examen por modulo
• Examen integrador

INSCRIPCIÓN: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSf0-KJPfYGsOFW_BbD-dsbvjqTOgyIZy65KNZI2BvaFteYSBQ/viewform?usp=send_form

MAS INFORMACIÓN: https://bit.ly/3jU2ddW

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Se encuentra abierta las inscripción al programa FinEsTec 2020, diseñada para quienes terminaron de cursar el último año en una Escuela Técnica y les quedan pendientes materias para obtener el título Técnico de Nivel Secundario.

Desde la Dirección Provincial de Educación Técnica, se dará inicio a la Estrategia Federal de acompañamiento pedagógico.

📲 Para acceder a la convocatoria, hay que completar el siguiente Formulario de Inscripción:https://forms.gle/k75Kz9dVc7w7rWm38

📆 Fecha límite de Recepción: 16/10/2020

Para más información: finestec@santafe.gov.ar

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Mediante el Decreto N° 789/2020 se estableció una mejora en los términos de Derechos de Exportación y Reintegros de Exportación para el sector industrial.

Según el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, la idea central de la medida es ordenar el esquema de incentivos vía Derechos y Reintegros de Exportación,  promoviendo la agregación de valor de la industria manufacturera. La revisión del esquema de Derechos y Reintegros de Exportación plantea un escalonamiento descendente de los derechos de exportación y ascendente de los reintegros.

En esta oportunidad, analizaron 5.121 posiciones en más de 20 sectores industriales, dividiéndolas según grado de elaboración, resultando en cuatro categorías: materias primas industriales, insumos básicos industriales, insumos elaborados industriales y bienes finales industriales.

Estos son los principales puntos a tener en cuenta del impacto en el sector metalúrgico:

  • Cambios en promedio Derechos de Exportación: se reducen de 3,96% a 1,26%
  • Cambios en promedio Reintegros de Exportación: aumentan de 4,53% a 6,20%

En el link a continuación, se pueden acceder al texto completo del Decreto y buscar en los anexos las NCM de interés.

https://adimra.tr.pemsv28.net/c/eyJhIjoiYWRpbXJhIiwibSI6Im1haWxfY2tmd3pkcGVtZHl2azA3OTdzYXd1bW5pcSIsImwiOiJsaW5rXzk2NGQ0MmExOWNhNjc2ODcwZWJkNzg1MGViNzRmNWEzN2ZjYzQ1NTgiLCJpIjpbXSwidSI6Imh0dHBzOi8vd3d3LmJvbGV0aW5vZmljaWFsLmdvYi5hci9kZXRhbGxlQXZpc28vcHJpbWVyYS8yMzU3MjEvMjAyMDEwMDU_YnVzcXVlZGE9MiIsImMiOiIiLCJoIjoiYzRjYjVjIn0

 

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Mediante la Decisión Administrativa (JGM) Nº 1.760 de fecha 27 de Septiembre  de 2.020 (B. O. 28/09/2020),  el Jefe de Gabinete de Ministros adoptó las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción instrumentadas en el Acta Nº 21.

Características,  novedades y diferencias:

1.-   Se extienden los beneficios del Programa ATP,  tanto los referidos al Salario Complementario, a la postergación y reducción del pago de las contribuciones con destino al SIPA y al Crédito Tasa Subsidiada a los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes Septiembre de 2.020.

2.-   En virtud de la sanción de la Ley  Nº 27.563 por parte del Congreso de la Nación,  que lleva la denominación de Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional,  promulgada parcialmente por el Decreto Nº 753,  se recomendó incluir en la categoría de críticos a sectores de actividad que hoy no forman parte de tal grupo, y que tienen que ver con el turismo en bodegas (Elaboración de vinos), la venta de artículos regionales de cuero, talabartería y marroquinería, el alquiler de equipos de transporte y algunos servicios ligados al transporte aéreo.

3.-   Para las empresas con actividades catalogadas como “críticas”,  el beneficio por trabajador se ubica en un piso mas elevado de uno con veinticinco (1,25)  Salario Mínimo Vital y Móvil,  manteniendo el máximo de dos (2)  Salario Mínimo Vital y Móvil.

4.-   Otro sector considerado por el Comité de Evaluación,  cuyo análisis no viene al caso realizar en este trabajo,  es el de la Salud,  donde se tuvo en cuenta el Informe de aumento de costos del sistema de salud emitido por la Superintendencia de Servicios de Salud,  manteniéndose los beneficios otorgados.

5.-   Cuando las actividades desarrolladas se consideren “no críticas”, el beneficio máximo es de uno con cincuenta (1,50) Salario Mínimo Vital y Móvil.

6.-   Se mantiene la referencia a la variación interanual de ingresos,  que en este caso será entre los meses Agosto de 2.020 e igual mes de 2.019.

7.-   Para el cálculo del Salario Complementario del mes Septiembre se tomará como referencia la remuneración devengada en el mes Agosto,  y para el cómputo de la dotación de personal,  no se considerarán las extinciones de relaciones laborales acontecidas hasta el 28 de Septiembre de 2.020,  inclusive.

8.-   Referido a las contribuciones patronales destinadas al SIPA,  se siguen las pautas aplicadas en meses anteriores,  donde aquellas empresas que reúnan las condiciones para acceder al Salario Complementario, gozarán del beneficio de reducción del 95% de la obligación o la postergación del pago según hayan sido catalogadas como “críticas” o “no críticas”,  respectivamente.

9.-   El crédito a tasa subsidiada para el mes Septiembre de 2.020,  aplicado a partir del mes Agosto de 2.020,  mantiene las características, a saber:

  • Será para aquellas empresas que verifiquen una variación de facturación nominal interanual igual o superior a 0% e inferior al 40%. Dicha variación se debería determinar comparando los períodos agosto de 2019 con agosto de 2020.
  • Plazo de gracia, tasa de Interés y condiciones de conversión a subsidio: período de gracia de DOS (2) meses a partir de la primera acreditación. Respecto de la tasa de interés y de los aspectos relativos a la conversión del crédito a subsidio, conforme metas de empleo (reglamentados por RESOL-2020-491-APN-MDP), el Comité recomienda se mantengan las restantes condiciones fijadas en el Punto 6 del Acta N° 20, en tanto no se hubieren modificado en la presente Punto 7.
  • Recordemos que este crédito puede convertirse en un subsidio sujeto al cumplimiento de metas de sostenimiento y/o creación de empleo u otras asociadas al desempeño económico de las empresas.

DA Nº 1760/2020: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/10/InfoLEG-Ministerio-de-Justicia-y-Derechos-Humanos-Argentina.pdf

 

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El proximo Jueves 08 de octubre a las 11:00 se realizará la Charla sobre los “Aspectos relevantes de la Moratoria Ampliada”, a cargo de técnicos de AFIP.

Recordemos que la Resolución General 4.816 de la AFIP puso en marcha la Ley 27.562.

La Moratoria 2020 contempla plazos más extensos para que los pequeños contribuyentes regularicen sus obligaciones vencidas. El objetivo de la actividad será que desde la AFIP presenten los ejes centrales y respondan las inquietudes de los industriales metalúrgicos.

La apertura de la actividad estará a cargo de Patricia Vaca Narvaja (Subdirección General de Servicios al Contribuyente de AFIP) y autoridades de ADIMRA.

Link de inscripción:
https://us02web.zoom.us/webinar/register/WN__NHnsI4JQ6ivCU2z-FcMsA

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CEDIN informa la apertura del Programa Innovar Santa Fe (INSAFE) dependiente del Ministerio  de Producción, Ciencia y Tecnología de la provincia.

Características del programa

OBJETO DEL BENEFICIO: se financiarán proyectos destinados a cumplir con alguno de los siguientes objetivos:

  • Generación de conocimientos con aplicación práctica, para el desarrollo de nuevos procesos, productos y/o servicios.
  • Mejora o reingeniería de procesos, productos y/o servicios.
  • Resolución de problemas de diseño industrial y/u optimización logística.
  • Desarrollo de tecnología a escala piloto y prototipo.

BENEFICIARIOS: Personas humanas o jurídicas, con radicación en la provincia de Santa Fe, deberán satisfacer la condición de Micro y Pequeña Empresa1. Asimismo, los beneficiarios deberán contar con la asistencia (excluyente) de uno o más expertos o investigadores externos en la disciplina, técnica o tecnología sobre la cual se base dicho proyecto.

MONTO DE LA FINANCIACIÓN: Se financiará en concepto de Aporte No Reintegrable (ANR) un monto hasta dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000,00) por proyecto. Los beneficiarios deberán aportar como contrapartida, al menos el 25% del presupuesto total del proyecto. El monto asignado al proyecto será entregado por la Agencia Santafesina de Ciencia, Tecnología e Innovación (ASaCTeI), a través de Organizaciones Vinculantes (OV)2 responsables de la administración y gestión, en uno o más desembolsos y deberán ser rendidos de acuerdo a las normas vigentes en la administración provincial.

GASTOS ELEGIBLES: Serán financiables con el presente ANR gastos comprendidos en los siguientes rubros:

  • Bienes de capital. Licencias de software y equipamiento (bienes de uso) imprescindible para la ejecución del proyecto. Hasta un 60% del ANR.
  • Materiales e insumos necesarios para la ejecución del proyecto.
  • Recursos humanos incrementales. Personal de investigación, técnico y asistencia tecnológica incremental incorporado en relación de dependencia al solo efecto del proyecto. Se podrá imputar al proyecto solo el valor correspondiente al importe neto percibido por el trabajador según recibo de sueldo. En ningún caso podrá aplicarse el subsidio para el pago de las contribuciones y aportes patronales. Hasta un 30% del ANR.
  • Servicios de terceros. Consejerías tecnológicas, honorarios de investigación, honorarios de ingeniería y diseño, servicios de I+D+i brindados por instituciones de ciencia y tecnología, capacitación del personal involucrado en el proyecto, homologación. Hasta un 50% del ANR.
  • Gastos de formulación de proyecto. Hasta un 2% del ANR.
  • Gastos de gestión y administración de Organizaciones de Vinculación. Hasta un 4% del ANR.
  • Otros gastos. Hasta un 5% del ANR.

Cierre de la convocatoria: En formato papel y electrónico:

1° Llamado: Lunes 2 de noviembre de 2020 hasta las 13 Hs.

2° Llamado: Martes 24 de noviembre de 2020 hasta las 13 Hs

En caso que tenga alguna duda puede comunicarse a través del email: vbarge@centroindustrial.org; mgiordano@centroindustrial.org; pbasta@centroindustrial.org o al o al teléfono 03471-471452.

Para mas información click en bases y condiciones: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/10/INNOVAR-SANTA-FE-2020-Bases-y-condiciones1.pdf

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CEDIN informa la prorroga para la presentación de proyectos al Programa de Apoyo de la Competitividad (PAC) dependiente del Ministerio  de Desarrollo Productivo de la Nación.

Características del programa

El Programa de Apoyo a la Competitividad (PAC) involucra ANR para tres modalidades: Transformación Digital, Eficiencia Energética y Diseño e Innovación.

Transformación Digital

  • Se puede obtener un aporte no reembolsable (ANR) de hasta el 70% para financiar proyectos que implementen la transformación digital de los procesos de la MIPyME.
  • Financia proyecto que implique una transformación digital en la MIPyME para poder mejorar la gestión de los negocios, incrementar la productividad y mejorar la eficiencia y calidad de los procesos; para acceder a asistencias técnicas financiadas con un ANR de hasta $600.000.
  • Los proyectos deben estar orientados a la gestión de:
    Compras y/o proveedores.
    ● Comercial (marketing y ventas).
    ● Recursos humanos.
    ● Stock y distribución.
    ● Producción y operaciones.
    ● Negocio.
  • El ANR deberá ser distribuido de la siguiente manera:
    Hasta $360.000 para los servicios de asistencia técnica.
    ● Hasta el 10% a la UTD que elabore el pre-diagnóstico, coordine la ejecución del proyecto con la empresa beneficiaria y elabore el informe final de impacto.
    ● Hasta el 30% podrá ser destinado para la adquisición de bienes asociados a la asistencia técnica.

 

Eficiencia Energética

  • Se puede obtener un aporte no reembolsable (ANR) de hasta el 80% para financiar proyectos que tengan como resultado un ahorro energético en la MiPyME.
  • Si se presenta un proyecto de ahorro energético que incluya intervenciones en sistemas térmicos, sistemas de refrigeración, sistemas motrices, iluminación, procesos productivos y/o sistemas de transporte.
  • La suma que se entregará del ANR dependerá del objetivo de cada proyecto:
    • Hasta $200.000 para la elaboración de diagnósticos energéticos con análisis de preinversión.
    • Hasta $300.000 para la implementación de una o más etapas del SGEn.
    • Hasta $350.000 para la implementación de una o más etapas del SGEn, incluyendo inversiones en EE para la adquisición de herramientas y/o equipos (en este caso, el gasto en ese rubro no deberá ser mayor al 30% del ANR total y se cubrirá hasta un 60% del monto de esa adquisición).
  • Serán elegibles aquellas asistencias técnicas específicas que cuenten con la elaboración de diagnósticos energéticos, la implementación de una o más etapas del SGEn (tomando como referencia la Norma ISO 50001) y la inversión en eficiencia energética.

 

Diseño e Innovación

  • Se puede obtener un aporte no reembolsable (ANR) de hasta el 70% para financiar asistencias técnicas que introduzcan mejoras en diseño e innovación en tu PyME.
  • Financia proyectos que incorpore diseño en el desarrollo de productos o estrategias de comunicación visual y asi acceder a asistencias técnicas financiadas con un ANR de hasta $450.000.
  • Con las asistencias técnicas se busca la mejora de la calidad de productos industriales y sus procesos productivos, como también desarrollar estrategias de comunicación. Éstas deberán ser realizadas por profesionales del diseño en comunicación visual, industrial o de producto.
  • Además, se puede destinar el 30% del ANR otorgado a la compra de bienes asociados: adquisición de herramientas, insumos y/o equipos necesarios para incrementar o mejorar la producción de bienes y certificaciones.

FECHA DE CIERRE DE TODAS LAS LINEAS: 30/10/2020

En caso que tenga alguna duda puede comunicarse a través del email: vbarge@centroindustrial.org; mgiordano@centroindustrial.org; pbasta@centroindustrial.org o al o al teléfono 03471-471452.

Por información respecto a programas y créditos nacionales, puede ingresar a la ventanilla de ADIMRA: https://www.adimra.org.ar/ventanilla/

Bases y condiciones:

PAC TD: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/10/anexo_6074644_1.pdf

PAC DI:http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/10/anexo_6074644_4.pdf

PAC EE: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/10/anexo_6074644_3.pdf

 

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Les compartimos el Decreto 761/2020 que prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20. Les recordamos que desde ADIMRA contamos con asesoramiento laboral para acompañar a las PyMEs metalúrgicas en todas sus inquietudes.

Decreto 761/2020: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/09/DECRE-2020-0761-APN-PTE.pdf

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Participamos de la videoconferencia realizada para la presentación del Programa SANTA FE DE PIE, organizada por el Gobierno de la provincia de Santa Fe, mediante la Secretaría de Industria del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.

La misma tuvo como objetivo de establecer un diálogo en referencia a las líneas de trabajo y medidas económicas que se impulsan.

El Programa que tiene por objetivo asistir a los sectores más afectados y reactivar la actividad económica en la provincia, sin descuidar la salud de los santafesinos. Entre dichas medidas se destacan distintas líneas de financiamiento destinadas a capital de trabajo y reactivación productiva y asistencia directa a través de aportes no reintegrables.

Para las líneas de crédito iniciales, que se tramitan vía Banco de Santa Fe -BSF – diapositivas 11, 12, 13 y 14 – ya está disponible un formulario muy simple para registrarse al que se ingresa vía link en la página principal del Gobierno provincial www.santafe.gov.arPRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA,  https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/234948

El resto de herramientas se encuentran en etapa de desarrollo y serán debidamente promocionadas.

Fondos de garantías para pymes

Asistencia financiera para capital de trabajo

Asistencia financiera para inversión productiva + tecnología

Asistencia financiera Prefinanciación de exportación

Asistencia Económica de Emergencia

Fondo solidario – Gobierno de Santa Fe, INAES y Federaciones de mutuales

Asistencia financiera para MIPYMES a través de agencias y asociaciones para el desarrollo

Líneas de financiamiento a través del Consejo Federal de Inversiones (CFI)

Fondos nacionales para el sector algodonero y ovino

Líneas gestionadas por el Gobierno Provincial con el Nuevo Banco de Santa Fe

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Convocamos a empresas santafesinas a participar de la Misión Comercial Virtual Sector Maquinaria Agrícola COLOMBIA 2020 organizada en conjunto por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la Agencia Santa Fe Global y la Asociación Santafesina de Industriales de Maquinaria Agrícola (ASIMA).

🗓️ Segunda quincena de noviembre

ℹ️ Se hará una selección de todas las empresas inscriptas de Santa Fe para que participen en la misión.

Procedimiento de inscripción:
Completar el siguiente formulario  👉🏻  tinyurl.com/fichacolombia2020
Enviarlo a: jgiorgetti@santafe.gov.ar

⚠️ Fecha límite de inscripción: 29 de septiembre

📧 Consultas: sfglobal@santafe.gov.ar