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En relación al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producciòn, se ha dictado una nueva desición administrativa Nº 1130/2020 que introducen novedades respecto a este tema, entre las mas relevantes podemos destacar:

PROGRAMA ATP – EXTENSIÓN – JUNIO 2020: se extienden los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario y a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de junio de 2020.

SALARIO COMPLEMENTARIO – SALARIOS JUNIO 2020 – BENEFICIARIOS: se recomienda que el beneficio en cuestión sea destinado a los siguientes beneficiarios, en los montos y condiciones que en cada caso se disponen:

a.- TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE EMPRESAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES
AFECTADAS EN FORMA CRÌTICA: La actividad principal de la empresa debe ser alguna de las identificadas, de acuerdo con el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario N° 883, e incorporado en el listado segun la reglamentación. Con independencia de la cantidad de trabajadoras y trabajadores y el lugar donde desarrollen sus actividades, se recomienda que reciban el beneficio del Salario Complementario en los términos y bajo las condiciones que se detallan conforme las siguientes reglas de cálculo, a saber:
I) El Salario Neto resulta equivalente al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de abril de 2020
que ha sido exteriorizada en la declaración jurada de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad
social (F. 931) correspondientes al período antedicho.
II) El Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del Salario Neto
expuesto en el punto i).
III) El resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a UN (1) salario mínimo vital y móvil
ni superior a la suma equivalente a DOS (2) salarios mínimos vitales y móviles.
IV) La suma del Salario Complementario de acuerdo al punto iii) no podrá arrojar como resultado que el
trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su Salario Neto correspondiente al mes
de abril de 2020.

b.- TRABAJADORAS Y TRABAJADORES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES EN LUGARES
BAJO AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: se recomienda que reciban el beneficio del Salario Complementario exclusivamente para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicio efectivo en los lugares que, se encuentran alcanzados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Para estos supuestos se recomienda que reciban el beneficio del Salario Complementario en los términos y bajo las condiciones que se detallan de acuerdo con las siguientes reglas de cálculo, a saber:
I) El Salario Neto resulta equivalente al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de abril de 2020
que ha sido exteriorizada en la declaración jurada de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad
social (F. 931) correspondientes al período antedicho.
II) El Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del Salario Neto
expuesto en el punto i).
III) El resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a UN (1) salario mínimo vital y móvil
ni superior a la suma equivalente a DOS (2) salarios mínimos vitales y móviles.
IV) La suma del Salario Complementario de acuerdo al punto iii) no podrá arrojar como resultado que el
trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su Salario Neto correspondiente al mes
de abril de 2020.

c.- TRABAJADORAS Y TRABAJADORES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES EN LUGARES
BAJO DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: se recomienda que reciban el beneficio del Salario Complementarion exclusivamente para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicio efectivo en los lugares que, se encuentran alcanzados por el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.Para estos supuestos el Comité recomienda que reciban el beneficio del Salario Complementario en los términos y
bajo las condiciones que se detallan de acuerdo con las siguientes reglas de cálculo, a saber:
I) El Salario Neto resulta equivalente al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de abril de 2020
que ha sido exteriorizada en la declaración jurada de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad
social (F. 931) correspondientes al período antedicho.
II) El Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del Salario Neto
expuesto en punto i).
III) El resultado así obtenido no podrá ser inferior ni superior a la suma equivalente a UN (1) salario mínimo
vital y móvil.
IV) La suma del Salario Complementario de acuerdo al punto iii) no podrá arrojar como resultado que el
trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su Salario Neto correspondiente al mes
de abril de 2020.

CONTRIBUCIONES PATRONALES DESTINADAS AL SIPA – JUNIO 2020
Las empresas que desarrollan las actividades incluidas en el inciso a.- del Apartado 4.- gozarán del beneficio de
reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA)
previsto en el inciso b) del Artículo 6° del Decreto N° 332/2020 y sus modificatorios, en tanto que las empresas
que desarrollan las actividades incluidas en los incisos b.- y c.- del mencionado Apartado gozarán del beneficio
de postergación del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integral Previsional Argentino
(SIPA) previsto en el inciso a) del artículo antes citado.

Para acceder a la normativa completa click aqui: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231286/20200627

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Desde el Centro Industrial de Las Parejas, transmitimos lo comunicado por la Municipalidad de Las Parejas y el Comité de Crisis COVID-19, respecto de los ingresos y egresos a la ciudad de Las Parejas, en el marco de acciones preventivas para evitar la proliferación del Coronavirus COVID-19

Listado de localidades consideradas de riesgo, circulación comunitaria o transmisión local del COVID-19:

https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/zonas-definidas-transmision-local

Además, quedan incluidas dentro de las localidades de riesgo, por la Provincia de Santa Fe: Carreras, Santa Rosa de Calchines, Villa Ocampo, Venado Tuerto y Ceres. Se sugiere mantenerse actualizado en la página https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/normativa/ con el listado de ciudades de la Provincia de Santa Fe.

Personas que por su profesión o trabajo, viajan a zonas de riesgo, circulación comunitaria o transmisión local

Primero, notificar a través de la PLATAFORMA HABILITADA por la Municipalidad de Las Parejas, las características de su viaje. Además, se deberá contar tanto con el respectivo permiso de circulación NACIONAL como PROVINCIAL, para viajes interprovinciales. A su regreso, deberán permanecer obligatoriamente en aislamiento social, preventivo y obligatorio por el término de 14 días corridos desde su ingreso (*); a fin de prevenir posibles contagios comunitarios. Esto implica no sólo no poder realizar ninguna actividad de las habilitadas en la provincia, sino también la imposibilidad de acudir a su lugar habitual de trabajo.

Asimismo, una vez dentro del hogar, se recomienda a las personas llegadas desde los posibles puntos de contagio, mantenerse, por prevención, aisladas de los demás convivientes.

(*) Estas personas podrán volver a salir de la ciudad únicamente cuando el destino sea una zona considerada de riesgo y, en ese caso, el término de 14 días de aislamiento se reiniciará.

Personas provenientes de zonas de riesgo, circulación comunitaria o transmisión local

Las personas provenientes de zonas de riesgo, que vengan a trabajar a Las Parejas, deberán: anunciar y registrar previamente su viaje a Las Parejas. Una vez en la ciudad, deberán permanecer en aislamiento durante 14 días. Cumplido dicho período de tiempo, podrán ejecutar sus actividades laborales por las cuales se originó el viaje.

Personas que provienen de zonas NO consideradas de riesgo, circulación comunitaria o transmisión local

Podrán circular y realizar sus actividades tras ser autorizadas por el personal de control en el ingreso de la ciudad, cumpliendo con las medidas y protocolos de prevención correspondientes.

Las personas comprendidas en los supuestos mencionados, al regresar a la provincia deben realizarlo con permiso solicitado a través de la aplicación COVID-19 Provincia de Santa Fe, en la que completarán la declaración jurada de salud y consentimiento de cumplir con las medidas dispuestas.

Por favor: solicitamos continuar con el estricto cumplimiento del Protocolo para COVID-19 y, especialmente, intensificar los controles con las personas que provienen de fuera de la ciudad, tanto aquellas ajenas a las empresas como al personal propio que viaja por cuestiones laborales.

Descargar el comunicado en PDF: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/06/Comunicado-COVID19-Nuevas-pautas-para-el-ingreso-y-egreso-de-la-Ciudad-26-06-2020.pdf

 

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Informamos que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación estableció los nuevos límites de ventas totales anuales para que las empresas se inscriban en el Registro de Empresas MiPyMES y obtengan el “Certificado MiPyME”.

El aumento en promedio de los topes para la industria fue del 35% (dependiendo del tamaño de la empresa).

A partir de la modificación, los topes de facturación y personal ocupado por categoría quedaron definidos de la siguiente manera:

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El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación lanzó la plataforma CAPACITAR, un espacio de intercambio, vinculación y aprendizaje dirigido a la comunidad emprendedora de todo el país. La misma, cuenta con herramientas de asistencia técnica para desarrollar y potenciar las capacidades de los/as emprendedores/as.

Los ejes principales  de CAPACITAR son: Mejorar la productividad desarrollando estrategias para los proyectos, potenciar estrategias comerciales para hacer crecer las ventas y, gestionar el equipo de trabajo con el uso de herramientas.

Para ello, la plataforma cuenta con un Campus Virtual que permite descubrir materiales en diversos formatos:

  • Documentos escritos
  • Charlas temáticas en videos
  • Encuentros en vivo
  • Consultorios
  • Actividades para interactuar con otros/as emprendedores/as y compartir experiencias.

Los interesados podrán registrarse en el Campus Virtual para, también, acceder a charlas en vivo, dialogar e intercambiar experiencias con otros emprendedores y recibir asistencia técnica personalizada. También se podrán certificar conocimientos.

Esta iniciativa está en línea con la Red de Asistencia Digital para PyMEs, plataforma de beneficios lanzada por el Ministerio de Desarrollo Productivo, a partir de un trabajo de colaboración entre el sector público y privado, con el acompañamiento de cámaras y empresas tecnológicas en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19.

Para ingresar, entrá en: argentina.gob.ar/produccion/capacitar

 

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Estimados, los invitamos a participar de la charla abierta “¿Cómo encontrar oportunidades en tiempos de cambios?” a cargo del Lic. Federico Long, el día Martes 23.06.2020 a las 18:30hs vía Zoom.

Para inscribirse y recibir los enlaces de acceso a la charla ingresar en Inscripción

Invita Comisión Joven del Centro Industrial de Las Parejas

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Características del programa

  • Se habilitó una línea especial de créditos destinada a capital de trabajo para micro y pequeñas empresas que no tengan financiamiento bancario vigente.
  • La tasa es del 24%, con un plazo de un año más 3 meses de gracia,
  • Contarán con garantía del Fondo de Garantías Argentina (FOGAR), que respaldará el 100% del monto solicitado.
  • El monto máximo es de $250.000 para micro empresas y de $500.000 para pequeñas empresas, de acuerdo a la clasificación de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores.

Beneficiarios/ Requisitos:

  • Ser una micro o pequeña empresa.
  • Tener Certificado MiPyMe
  • No ser beneficiario de la línea de créditos al 24% ni tener ningún financiamiento bancario vigente.
  • No estar en el Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) ni estar en juicio con la entidad bancaria como demandada.
  • No encontrarse en concurso preventivo o quiebra.
  • No tener cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020.

Cómo solicitar los créditos

  • Entra al Buscador PyMEs Plus e ingresa tu CUIT para saber si podes acceder a esta línea de créditos
  • Si cumplís los requisitos, se te va a asignar una entidad bancaria.
  • Comunicate con la entidad bancaria asignada para continuar la solicitud.

 

La inscripción permanecerá abierta hasta el 31 de Julio de 2020.

 

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El pasado martes 5 de Junio, la Comisión “ADIMRA Joven” perteneciente a la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), presentó oficialmente la 7ma edición del Concurso de Emprendedores Metalúrgicos. El mismo, contará con el apoyo del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

El lanzamiento se realizó a través de la plataforma Zoom, y contó con la participación de:

  • ORLANDO CASTELLANI: Presidente de ADIMRA
  • GUILLERMO MEREDIZ: Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores de la Nación
  • MARIELA BALBO: Subsecretaria de Emprendedores de la Nación
  • Ignacio Venutolo: Coordinador de la Dirección de Centros Tecnológicos e Innovación de ADIMRA.
  • ESTEBAN CASSIN: Investigador y consultor en la Universidad de Buenos Aires (UBA), la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM ) y la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF).
  • IVANA TABORDA: Presidenta de ADIMRA Joven

El Concurso de Emprendedores de ADIMRA, tiene como objetivo promover la generación de ideas innovadoras que apunten al desarrollo de nuevos negocios en el sector Industrial, haciendo hincapié en áreas estratégicas como AGRO, ENERGÍA, SALUD, OIL&GAS, MOVILIDAD, MANUFACTURA AVANZADA. Para ello, la entidad invita a la participación de Startups que desarrollen soluciones aplicadas de Industria 4.0.

El ganador del concurso, será acreedor de un premio económico para desarrollar su idea, junto con Asistencia Técnica para la aceleración del modelo de negocio pretendido mediante ADIMRA INCUBA, a través de la cual se fortalecerá al proyecto frente a las más de 25.000 empresas vinculadas a la institución.  A su vez, los mejores proyectos y/o considerados de mayor potencial que se hayan presentado, recibirán capacitación, asistencia técnica y mentorías en el Campus de CapacitAR, del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

Desde el Centro Industrial Las Parejas, como Cámara Regional de ADIMRA, asesoramos a los interesados en participar a través de info@centroindustrial.org o vía telefónica al 03471-471452

Para la inscripción y mayor información, ingresar AQUÍ

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CEDIN informa el servicio gratuito de formulación de proyectos, en este caso Capacitación Pymes dependiente del Ministerio  de  Producción y Trabajo de la Nación.

Objetivo: capacitación y/o Capacitación asistida del personal de las MiPyMEs y/o Emprendedores, Promoción de grupos asociativos MiPyMEs y al Fortalecimiento de infraestructura para el desarrollo regional.

Beneficiarios:

    • MIPYMES: podrán participar de actividades en cualquiera de las modalidades.
    • GRANDES EMPRESAS: podrán participar como cedentes en la Modalidad 2 – “capacitación de emprendedores de la cadena de valor”, la Modalidad 3 – “cesión de grandes empresas y/o mipymes a mipymes de su cadena valor” y la Modalidad 5 – fortalecimiento de infraestructura para el desarrollo regional.
    • EMPRENDEDORES: Podrán participar como beneficiarios de la capacitación, en aquellas actividades desarrolladas en la Modalidad 2 – “capacitación de emprendedores de la cadena de valor”.
    • INSTITUCIONES INTERMEDIAS DE APOYO PYME: Podrán participar como beneficiarias en la Modalidad 5 – fortalecimiento de infraestructura para el desarrollo regional para incorporar y/o mejorar el Equipamiento y/o instalaciones.

Requisitos:

  • Poseer CERTIFICADO MIPYME
  • Tener al menos UN (1) empleado en relación de dependencia.
  • No poseer deudas fiscales y/o previsionales exigibles al momento de la presentación del proyecto.

Modalidades:

  • MODALIDAD 1 – CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DE LA MIPYME: Proyectos de Capacitación presentados directamente por UNA (1) o más MIPYMES para sus empleados en relación de dependencia, titulares y/o directivos
  • MODALIDAD 2 – “CAPACITACIÓN DE EMPRENDEDORES DE LA CADENA DE VALOR”: Proyectos de Capacitación presentados por UNA (1) o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean GRANDES EMPRESAS o MiPyMEs, para la capacitación de UN (1) o más Emprendedores beneficiarios de capacitación para su potencial incorporación o fortalecimiento como proveedor o el establecimiento de otros acuerdos de mutua colaboración
  • MODALIDAD 3 – “CESIÓN DE GRANDES EMPRESAS Y/O MIPYMES A MIPYMES DE SU CADENA VALOR”: Proyectos de Capacitación presentados por UNA (1) o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean GRANDES EMPRESAS o MiPyMEs, para capacitar a MiPyMEs dentro de su cadena de valor, ya sean proveedores, distribuidores, y/o clientes.
  • MODALIDAD 4 – “CAPACITACIÓN ASISTIDA PARA LA PROMOCIÓN DE GRUPOS ASOCIATIVOS MIPYMES”: Proyecto de Capacitación asistida presentados por 2 o más MiPyMEs que tengan por objetivo la capacitación de su personal para la ejecución de proyectos asociativos entre s.
  • MODALIDAD 5 – “FORTALECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO REGIONAL”: cesión de UNA (1) o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean GRANDES EMPRESAS o MiPyMEs, para la presentación y ejecución de Proyectos destinados a incorporar equipamiento y/o adecuar instalaciones a las instituciones

Actividades de Capacitación:

  • ABIERTAS: Son aquellas realizadas por Universidades Públicas, Privadas y demás Instituciones acreditadas dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, y que estén orientadas al público en general. Se reconocerán capacitaciones a distancia, sujetas a la aprobación de la DIRECCIÓN. No se reconocerán carreras de grado. En los casos en que la actividad de capacitación consista en un Posgrado y/o Máster, el/los participantes/s deberá/n tener una antigüedad en la empresa igual o mayor a DOCE (12) meses al momento del inicio de la actividad.
  • CERRADAS: Son aquellas diseñadas específicamente para las empresas solicitantes.
  • CAPACITACIÓN ASISTIDA: Son aquellas actividades desarrolladas dentro de las instalaciones de las empresas a cargo de un Experto PyME mediante las cuales se transmiten conocimientos prácticos con la finalidad de solucionar un problema, realizar una mejora o una innovación para la MiPyME. El servicio de capacitación asistida conlleva por parte del experto y hacia las empresas la capacitación y el acompañamiento en la aplicación de herramientas para el desarrollo de mercados, gestión empresarial, diseño, calidad, mejora de la productividad, transferencia de tecnologías, entre otras. Se reconocerán capacitaciones asistidas a distancia, sujetas a la aprobación de la SUBSECRETARÍA.

Gastos elegibles:

  • Honorarios de los capacitadores.
  • Honorarios facturados por los EXPERTOS PYME
  • Aranceles de capacitación.
  • Aranceles de Matriculación, incluso aquellos del año inmediato anterior a la fecha de solicitud de acceso el Programa, siempre que correspondan a la actividad propuesta en el proyecto. Se reconocerán sólo en las Modalidades 1 y 2
  • Gastos de Certificación hasta $ 9.750
  • Gastos por auditoría, certificación y pruebas de laboratorio para la temática certificación de sistemas de gestión de calidad de procesos y productos en tipo de capacitación asistida por un EXPERTO PYME.
  • Honorarios de coordinación del proyecto para las modalidades. Estos podrán representar como máximo un 5% del monto del aprobado para el proyecto. Los honorarios de coordinación sólo podrán ser percibidos por Instituciones Intermedias de Apoyo PyME.
  • No se reconocerán los siguientes gastos:
  • Tributos: Nacionales, Provinciales y/o Municipales.
  • Viáticos.
  • Cualquier otro gasto no relacionado con el objeto del proyecto.

Financiamiento: el porcentaje de reconocimiento será como máximo del CIEN POR CIENTO (100 %) o mínimo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto solicitado, de acuerdo a la modalidad, tamaño de empresa, etc.

Plazos: La inscripción permanecerá abierta hasta el 31 de octubre de 2020 o hasta agotar presupuesto, lo que suceda primero.

Más información: http://centroindustrial.org/wp-content/uploads/2020/06/bases_y_condiciones_credito_fiscal_para_capacitacion_pyme_2020..pdf

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El pasado jueves 4 de junio, se retomaron las reuniones de la Mesa de la Producción a través de la plataforma virtual Zoom. La misma, está integrada por técnicos e ingenieros de empresas de diversos rubros productivos de Las Parejas, que trabajan sobre temas principalmente relacionados a productividad, vinculación tecnológica entre empresas y entidades, capacitaciones abiertas y gratuitas, funcionamiento de la Escuela Técnica de Las Parejas y de la extensión áulica de la carrera Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional de Rosario; entre otras.

En esta oportunidad, las principales temáticas desarrolladas se relacionaron a:

Definición de Capacitaciones a Dictar en el Centro industrial; Problemáticas Energéticas y de Infraestructura; Comentarios y Análisis de Proyectos presentados recientemente por el Centro Industrial Las Parejas; Impacto en la Productividad de las Empresas de los nuevos Protocolos y Horarios signados por la Prevención de Contagio del Virus COVID-19; Coordinación de Tareas Conjuntas y Análisis de Situación de la Escuela Técnica, de cara al regreso de sus actividades.

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Hoy 05 de Junio de 2020 se conmemora el “Día de la Industria Metalurgica” fecha en la cual se fundó la hoy llamada Asociación de Industriales Metalurgicos de la Republica Argentina- ADIMRA. La trayectoria de la institución y la importancia del sector para la economía nacional mereció el reconocimiento del Congreso Nacional que instituyó el 5 de junio como el Día de la Industria Metalúrgica, coincidiendo con la fecha de la fundación de ADIMRA.

En el año 1904 se funda la Liga de Industriales Metalurigicos, inspirados en ideas de equidad, justicia y potenciar el sector metalúrgico, que tenía entre sus objetivos: Fomentar el espíritu de asociación entre sus integrantes; Adoptar medidas generales tendientes a asegurar el orden interno en sus fábricas y talleres; Promover el perfeccionamiento de los conocimientos industriales de los obreros y operarios; Propender al mejoramiento de la situación de los obreros metalúrgicos y armonizar los intereses de obreros y patrones.

ADIMRA sigue involucrado en esta tarea para fortalecer el  desarrollo industrial de la Argentina y el bienestar de la sociedad. Los metalúrgicos estamos convencidos que debemos defender un proyecto de país con base industrial para alcanzar el desarrollo, fomentando la creciente agregación de valor, con una permanente adecuación tecnología y generando empleo calificado para lograr el bienestar de todos los argentinos.

FELICES 116 AÑOS ADIMRA!!!!